El caso que tomó estado público este miércoles, cuando se conoció que un hombre había sido encerrado y chantajeado en Rawson tras pactar un encuentro sexual a través de la aplicación Grindr, encontró rápidamente su desenlace judicial. La Justicia comprobó que el accionar del detenido no fue un hecho aislado, unificó una denuncia previa y lo condenó mediante un acuerdo de partes.
El imputado, identificado como Agustín Nicolás Silva -un joven desempleado y domiciliado en Rawson que había sido detenido el pasado miércoles 12 de agosto de 2026-, debió sentarse frente a las autoridades judiciales. La audiencia se resolvió mediante la modalidad de juicio abreviado bajo la intervención del juez de Garantías Sergio Caballero, el fiscal de la UFI Delitos Especiales, Nicolás Schiattino, y la ayudante fiscal Roxana Fernández.

Silva fue representado en esta instancia por la abogada penalista particular, María Filomena Noriega, quien comandó la defensa técnica. Ante la contundencia de las pruebas documentales (chats, capturas de pantalla y registros de transferencias), la defensa y el Ministerio Público Fiscal acordaron una pena de 3 años de prisión de cumplimiento condicional.
La calificación penal por la que fue condenado fue la de privación ilegítima de la libertad y chantaje en concurso real en perjuicio de “F.”, sumado al delito de chantaje en perjuicio de “M.N.” (la víctima del primer caso). Al tratarse de una pena condicional, Silva recuperará su libertad, pero deberá cumplir con reglas de conducta; de violarlas o cometer un nuevo delito, la pena se volverá de cumplimiento efectivo en el Servicio Penitenciario Provincial.
Todo comenzó el 5 de agosto alrededor de las 23:00 horas. Tras contactarse por la app de citas Grindr y continuar intercambiando mensajes por WhatsApp, F. se dirigió a la vivienda de Silva. Según consta en el legajo, a los 15 minutos de estar conversando, Silva cerró la puerta con llave y se puso violento. Se negó a dejar salir a su invitado, alterándose por completo y exigiéndole dinero para liberarlo, obligándolo a transferir (inicialmente $70.000) al alias de la cuenta bancaria de una tercera persona.
